Con la llegada del mes de abril, comienza la campaña anual de la declaración de la renta en España. Este proceso, que puede resultar confuso para muchos contribuyentes, es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones.
Este año, la campaña de la declaración de la renta comienza hoy, 11 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, si bien el plazo para presentar la declaración varía en función de las circunstancias personales de cada contribuyente. Es importante tener en cuenta que, aunque el plazo máximo para presentar la declaración es el 30 de junio, si el resultado es a ingresar y se desea domiciliar el pago, la fecha límite será el 27 de junio.
Para facilitar el proceso, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes una serie de herramientas y recursos, como el programa Renta Web, que permite realizar la declaración de manera telemática desde cualquier dispositivo con conexión a internet. Además, se pueden solicitar cita previa para recibir asistencia en telefónica (a partir del 5 de mayo) o presencial (a partir del 1 de junio) en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las oficinas de las entidades colaboradoras.
Los contribuyentes que desean preparar y presentar su borrador por teléfono o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria deberán pedir cita por teléfono llamando a uno de estos números: 91 535 73 26, 901 12 12 24, 91 553 00 71 o 901 22 33 44. También se puede solicitar cita previa a través de la web de Agencia Tributaria. Para ello es necesario registrarse en Cl@ve, trámite que se puede realizar en la propia sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Se puede solicitar cita previa para hacer y presentar la declaración de la Renta hasta el día 29 de junio.
¿Y si se presenta la declaración de la Renta fuera de plazo?
En caso de no presentar la declaración de la Renta en los plazos establecidos, la Agencia Tributaria puede establecer recargos que dependerán en función del resultado de la declaración y de lo que se tarde en pagar.
En el ejercicio de 2021 (la declaración de la Renta presentada el año pasado), las multas fueron del 1% más un punto porcentual adicional por cada mes de retraso. Si el contribuyente tarda más de un año en presentar la declaración, el recargo puede alcanzar el 15% más los intereses correspondientes.